El Certificado Especial del BPS es un documento que expide el Banco de Previsión Social a cualquier contribuyente que cumpla con los requisitos. Este certificado comprueba que la persona, física o jurídica, no posee ninguna deuda ante el banco. Es de gran importancia, ya que es la única manera de demostrar que no se está en deuda con el organismo, requisito habitual para enajenar inmuebles, vehículos o empresas. En esta guía completa y detallada te explicamos qué es, para qué sirve, quién puede solicitarlo, el trámite online y presencial, los datos requeridos y cómo levantar las observaciones.
¿Qué es el Certificado Especial del BPS?
Es un documento que expide el Banco de Previsión Social a cualquier contribuyente que cumpla con los requisitos, y que comprueba que la persona no posee ninguna especie de deuda ante el banco a la fecha de la solicitud. El Banco de Previsión Social es un instituto autónomo que se encarga de la seguridad social de todo Uruguay, coordinando los servicios estatales de previsión social, concediendo prestaciones y beneficios y recaudando y fiscalizando los tributos a su cargo.
Para que la solicitud sea válida, deben completarse ciertos datos, entre ellos:
- Denominación: nombre del contribuyente o razón social tal como figura en el Registro de Contribuyentes.
- Número de empresa: otorgado por el Registro de Contribuyentes de Asesoría Tributaria y Recaudación.
- Número de obra: de ser necesario.
- Domicilio y departamento: domicilio constituido y departamento.
- Teléfono y correo electrónico de contacto.
- Giro: la actividad gravada que se desarrolla.
Toda comunicación con el contribuyente se realiza por el correo electrónico registrado, por lo que es importante mantener los datos actualizados.
¿Para qué sirve el Certificado Especial del BPS?
Sirve para que cualquier contribuyente, físico o jurídico, verifique que no posee adeudos ante el banco. El documento es válido desde la fecha de solicitud y habilita operaciones comerciales como:
- Enajenar total o parcialmente establecimientos comerciales, industriales o agropecuarios.
- Ceder promesas de enajenación, disolver, liquidar, clausurar, fusionar, absorber o transformar empresas unipersonales.
- Enajenar vehículos de transporte de pasajeros de uso público (colectivo o individual) o de transporte de carga.
- Enajenar o gravar diques flotantes, aeronaves, buques y demás embarcaciones (excepto las deportivas).
- Otorgar contratos de prenda agraria o industrial.
- Enajenar o gravar bienes inmuebles o ceder promesas de enajenación de dichos bienes.
¿Quién puede solicitar el Certificado Especial del BPS?
Puede solicitarlo cualquier contribuyente, persona física o jurídica, que no tenga ningún tipo de deuda ante el Banco de Previsión Social a la fecha de la solicitud. Se puede gestionar en línea o de manera presencial, mediante la agencia del BPS, por motivos como ceder derechos de promesa de enajenación de inmuebles, adquirir y gravar inmuebles, o enajenar y gravar inmuebles.
Trámite para obtener el Certificado Especial del BPS
Trámite presencial
El trámite inicial debe iniciarse de manera presencial cuando se trata de solicitudes por motivos de inmuebles o de disolución de empresas. La documentación debe presentarse en formato papel y digital; los documentos deben llenarse completamente antes de escanearse, generando un archivo por documento de no más de 2 MB.
- Si vives en Montevideo, dirígete a Sarandí 570, 2.º piso, reservando fecha y hora a través de la página del BPS.
- Si vives en el interior del país, dirígete a cualquier sucursal o agencia del Banco de Previsión Social.
Trámite en línea
- Ingresa a la página web del BPS y busca “Servicios en línea”.
- Selecciona la opción “Solicitud”.
- Procede a la descarga de certificados según el motivo: enajenar vehículos de transporte de pasajeros o de carga, ceder promesas de enajenación, enajenar establecimientos, liquidar, disolver, clausurar, fusionar, absorber, escindir, transformar, otorgar contrato de prenda o enajenar/gravar diques, aeronaves o buques.
Consulta del certificado
Para cualquier consulta, dirígete al servicio en línea “Consúltenos” y selecciona el motivo “Certificado Especial” dentro del tema Empresarios. Debes ingresar con tu usuario del BPS, con la cédula electrónica o con el usuario gub.uy.
Levantamiento de las observaciones
Cuando la solicitud es observada, dispones de un máximo de 60 días desde la fecha de observación para realizar el levantamiento; pasado ese tiempo, la solicitud se anula y debe iniciarse de nuevo. Las observaciones que requieran declaración jurada, certificado notarial o certificado de arquitecto pueden levantarse:
- En línea: a través del servicio de solicitud, en “Descarga de certificados”. Si algún documento no cuenta con firma electrónica, deberán presentarse los originales en la oficina del BPS; si la tienen, no es necesario acudir.
- Presencial: debe presentarse el titular o representante con la documentación; si es un tercero, debe presentar la constancia de ingreso o el correo de confirmación.
Para presentar documentos en la agencia se debe llevar la documentación original y en pendrive en formato .doc, .docx, .zip, .pdf o .jpg, en tamaño no superior a 2 MB.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué acredita este certificado?
Que el contribuyente no posee deudas ante el Banco de Previsión Social a la fecha de la solicitud.
¿Desde cuándo es válido?
Es válido desde la fecha de solicitud.
¿Cuánto tiempo tengo para levantar una observación?
Un máximo de 60 días desde la fecha de observación; luego la solicitud se anula.
¿Puedo iniciar el trámite totalmente en línea?
Sí, salvo cuando se trata de motivos de inmuebles o disolución de empresas, que deben iniciarse de forma presencial.
¿En qué formato deben presentarse los documentos?
En papel y digital, con archivos de no más de 2 MB (.doc, .docx, .zip, .pdf, .jpg).


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